- Alfonso Narváez Márquez explicó que la Constitución de 1917 fue un punto de inflexión de estas normas, particularmente con la incorporación del artículo 27
Carlos Hugo Hermida Rosales / Fotos: Omar Portilla Palacios
Xalapa, Ver.- “La evolución histórica del derecho agrario en el país ha estado marcada por profundas transformaciones políticas, sociales y jurídicas, que han buscado atender demandas de acceso a la tierra de los sectores rurales”, mencionó Alfonso Narváez Márquez.
El jurista impartió una conferencia virtual en el Seminario de Actualización en Justicia Agraria “Perspectivas sustantivas y procesales desde enfoques multidisciplinarios y transversales”, organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana (UV) en conjunto con el Colegio Nacional de Peritos Topógrafos, A. C.
Alfonso Narváez comentó que durante la guerra de Independencia existieron planteamientos para restituir tierras a los pueblos originarios, pero estos no se concretaron debido a la inestabilidad derivada del conflicto armado.
Posteriormente, las ideas liberales del siglo XIX impulsaron una política orientada a reforzar la propiedad privada y su aprovechamiento económico, y se promovió la desamortización de bienes comunales y eclesiásticos.

El experto afirmó que este proceso se profundizó durante el Porfiriato, periodo en el que crecieron los latifundios que concentraron tierras en pocas manos, algunas de empresarios extranjeros.
“Las condiciones de explotación derivadas para amplios sectores campesinos constituyó una de las causas de la Revolución mexicana”, resaltó.
El abogado explicó que la Constitución de 1917 fue un punto de inflexión del derecho agrario mexicano, particularmente con la incorporación del artículo 27, considerado la base jurídica de la tenencia de la tierra en el país.
“Este precepto reconoció la propiedad originaria de la nación sobre tierras y aguas, y estableció mecanismos para la restitución y dotación de terrenos a comunidades afectadas por procesos de despojo”, puntualizó.

Alfonso Narváez aseveró que el reparto agrario fue una manera de saldar una deuda histórica con el campesinado mexicano, al aceptar el sacrificio realizado por miles de personas durante la Revolución.
El jurista manifestó que, por su parte, la Ley Federal de Reforma Agraria de 1971 impulsó la organización colectiva de ejidos, amplió beneficios para las mujeres rurales y preparó el cierre gradual del reparto agrario tradicional.
“Muchas de las instituciones y principios que conforman el derecho agrario contemporáneo nacieron en los procesos históricos ocurridos entre la Revolución mexicana y las reformas del siglo XX”, concluyó.





