Agencia SPI
Xalapa, Ver., 12 de Jul.- La secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) dio a conocer el inicio de emergencia de ocurrencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2022, a fin de que autoridades tomen medida preventiva y mitigación.
La dependencia informó que se dio a conocer dicho acuerdo a razón de los análisis y dictámenes de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) a partir el Monitor de sequía de México, que da condiciones de sequía de las cuencas del país en sus modalidades de severa, extrema o excepcional.
Esta información es de utilidad para los titulares de concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, además de implementar las medidas preventivas y de mitigación de la sequía, principalmente de los usos industrial y agrícola y cuando haya baja disponibilidad en las fuentes de abastecimiento de agua potable.
A fin de garantizar el abasto de agua para uso doméstico y público urbano, los Consejos de Cuencas que deben tomar previsiones serán Baja California, Baja California Sur, Alto Noroeste, Ríos Yaqui y Mátape, Río Mayo, Ríos Fuerte y Sinaloa, Ríos Mocorito al Quelite, Ríos Presidio al San Pedro, Costa de Guerrero, Costa de Oaxaca, Río Bravo, Río Balsas, Nazas-Aguanaval.
También Del Altiplano, Lerma-Chapala, Río Santiago, Costa Pacífico Centro, Ríos San Fernando-Soto la Marina, Río Pánuco, Ríos Tuxpan al Jamapa, Río Papaloapan, Río Coatzacoalcos, Costa de Chiapas, Ríos Grijalva y Usumacinta, Península de Yucatán y Valle de México.
Entre las medidas transitorias concertadas, se prevé la limitación temporal a los derechos de agua existentes, a través de la reducción provisional de volúmenes a los usuarios de las cuencas que se encuentren en condición de sequía severa, extrema o excepcional, a fin de abastecer agua para uso doméstico y público urbano a las poblaciones que se encuentren sin este recurso natural por efecto de dicho fenómeno.
La Conagua exhortó a los usuarios de las aguas nacionales de los municipios que presenten alguna condición de sequía, a implementar las medidas preventivas y de mitigación contenidas en el Programa de Medidas Preventivas y de Mitigación de sequía que corresponda al Consejo de Cuenca.
Así como las medidas preventivas y de mitigación, que podrán implementar los usuarios de las aguas nacionales para lograr un uso eficiente del agua durante sequía.





