• Nuestro triunfo jurídico, gracias al mejor amigo y abogado que tiene Veracruz, el maestro José Antonio Alemán Hidalgo, indica, y con ello al reconocimiento a todo su equipo de trabajo.
Juan Pablo Armas
Luego de una larga batalla jurídica, que se extendió a lo largo de cuatro años, la Juez adscrita actualmente al juzgado de Control de Tuxpan, Alma Aleida Sosa Jiménez logró el triunfo jurídico de las acusaciones interpuestas por el ex fiscal veracruzano Luis Ángel Bravo, logrando el sobreseimiento de la acción penal.
“Agradezco a Dios, a la vida, al señor Juez y a la FGR, por el ejemplar cumplimiento a los principios de la buena fe, objetividad e imparcialidad, pero sobre todo al mejor amigo y abogado que tiene Veracruz, maestro José Antonio Alemán Hidalgo”, expresó en sus redes sociales.
La jueza con 14 años al servicio del Poder Judicial como juzgadora y 20 como trabajadora del Poder Judicial, se ha referido al abogado Alemán Hidalgo, que junto con su equipo de trabajo, son reconocidos por múltiples logros jurídicos en la entidad veracruzana.
En entrevista con el periodista Ramsés Yunes Zorrilla, la impartidora de justicia dijo que el sobreseimiento se dio “en términos del numeral 327 fracción V del Código Nacional de Procedimientos Penales, por haberlo resuelto el señor juzgador del Centro de Justicia Penal Federal del distrito de Xalapa, Veracruz, en donde a petición de la Fiscalía General de la República solicitaron el desistimiento de la acción penal que se había ejercido en contra de la suscrita y en contra de otras personas más”.
“Nos asistió la razón, nos asistió la legalidad y la justicia y sobre todo la imparcialidad con la que se condujeron, las autoridades federales, de las que siempre he sido creyente”, aseveró.
La juzgadora dijo que se le acusó de ser “un brazo ejecutor” del entonces gobernador Miguel Ángel Yunes Linares. —¿La etiquetaron como yunista?, preguntó el conductor radiofónico. A lo que la juez contestó: “Efectivamente, me etiquetaron como yunista, porque ese era el color del que estaba pintado el Estado, pero nosotros tenemos que trabajar de manera institucional; yo no fui nombrada por el gobernador de ese entonces, yo tengo 14 años al servicio del Poder Judicial como juzgadora y 20 como trabajadora del Poder Judicial”.
“Además, llegué a desempeñar mi función por un concurso de oposición que se llevó a cabo en el año del 2009. Entonces, yo no puedo conducirme de acuerdo a la ola política que se encuentre vigente en el estado, sino que se actúa de acuerdo a la institución. Yo me he caracterizado por ser alguien imparcial, por ahí se dice que polémica, sin embargo se debe garantizar los derechos a los justiciables, en cualquier de los papeles que se puedan desempeñar en un proceso. Me he caracterizado por ser imparcial”.
“Afortunadamente y gracias a Dios se me ha dado la razón y a continuar con el desempeño de la función que me apasiona y tratando de ser lo más garantista, imparcial y todos los principios que deben de regir el actuar de los juzgadores”.
—¿Esta resolución ya no puede ser impugnada?
“No, ya no”, asentó de manera contundente.
Al comentar que el ex fiscal Luis Ángel Bravo la denunció de haber violado un amparo federal en el momento de la detención, sin embargo el juez del caso determinó que no existían las pruebas suficientes para sostener estas acusaciones.
“Efectivamente, se abrió una carpeta de investigación en la ciudad de México que con posterioridad, por efecto del lugar en donde supuestamente se habían cometido los hechos, generó una incompetencia y se trasladó a la subdelegación de la FGR, que esto hace algunos meses generó precisamente diversas notas periodísticas en donde se refería que había sido detenida su servidora, sin embargo, afortunadamente dentro de esta carpeta de investigación, desde hace dos años existía un no ejercicio de la acción penal”.
“Desconozco el motivo por el cual se haya de nueva cuenta aperturada esa carpeta de investigación. Posteriormente fue judicializiada y en diversas audiencias se externó por parte del fiscal conocedor de la Fiscalía General de la República que ya habían solicitado, inclusive, el desistimiento de la acción penal. Sin embargo, podría encontrarse judicializada esa carpeta de investigación y haber dado origen a un proceso penal en nuestra contra por un delito contra la Ley de Amparo, consistente en una desobediencia a un auto de suspensión notificada en términos del artículo 262 Fracción III de la Ley de Amparo, pues evidentemente ellos en aras de la buena fe, la objetividad, imparcialidad y profesionalismo advirtieron que no existe ningún tipo de elemento para configurarse el hecho constitutivo de delito por el cual se había enderezado la noticia criminal, en este caso la denuncia por el citado señor Luis Ángel y afortunadamente este sobreseimiento tiene un efecto y sentencia absolutoria”.
“Ya quedó debidamente ejecutoriado porque la Fiscalía y las demás partes optaron por renunciar al término de cualquier tipo de medio de impugnación ordinario y extraordinario. Es decir, renunciaron a la apelación, así que este auto de sobreseimiento ya se encuentra firme”, asentó.
—¿Esto quiere decir que el ex fiscal Bravo Contreras no fue reconocido como agraviado u ofendido en ningún momento?
“Exactamente. En algún momento tuvo el carácter de denunciante sin embargo por tratarse precisamente de un delito cometido por servidores públicos en donde el cual encuentra sanción precisamente en términos de la ley de amparo. () En ese tenor precisamente al ser representados los intereses de la federación por parte del MP, en este caso los fiscales generales de la república, es que renuncian a interponer cualquier tipo de medio de impugnación y por ende ya queda firme esta resolución del señor Juez del fuero federal”.
—Creo que le traían hambre los duartistas, comentó Ramsés Yunes…
“En su oportunidad hubo por allí, se estuvo combatiendo, se enderezaron varios juicios de amparo en los cuales fui beneficiada, Ozuluama, Misantla, distritos judiciales alejados y que evidentemente en razón de las condiciones de mi función de los asuntos que he llevado, relevantes, no porque los demás no signifique que tengan la importancia debida sino por la cuestión mediática, política y demás, se hizo el planteamiento por parte de esa juzgadora en el sentido de que se optara por las condiciones y la sororidad y las condiciones de género porque yo, aparte de ser juzgadora soy mujer y soy mamá y esas circunstancias evidentemente deben de ser resaltadas para efecto de cualquier cambio de adscripción, sin embargo fui favorecida, efectivamente, al ser institucional y al ser un funcionario público con la autonomía correspondiente pues a mi consideración y criterio, fueron sustentadas por varias instancias federales todas las resoluciones”.
“Actualmente si bien es cierto, se variaron medidas cautelares, en su oportunidad, de todas las personas a las cuales se les vinculó a proceso precisamente por diversos criterios internacionales y de tratados internacionales que debe someterse el Estado Mexicano, sin embargo, hasta la fecha todos siguen vigentes aun cuando se hayan variado las medidas cautelares, ¿eso qué significa? Que no fue capricho, que no fue un criterio parcial ni tampoco como se dijo”, concluyó.
