Tren Maya, Corredor Interoceánico y aeropuertos de Palenque, Chetumal y Tulum son de “seguridad nacional”, insiste AMLO en nuevo Decreto

  • Así lo publica esta tarde de jueves el Diario Oficial de la Federación, luego de que la Suprema Corte de Justicia invalidara Acuerdo anterior.

Ciudad de México. – Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el máximo tribunal del país, invalidara el acuerdo por el que el Presidente Andrés Manuel López Obrador intentara mantener en reserva la información de diversos proyectos de obra pública en el país, esta tarde de jueves el mandatario mexicano emitió un nuevo Decreto de “seguridad nacional y de interés público” para estas obras.

Así lo publica el Diario Oficial de la Federación en su sitio web: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5689265&fecha=18/05/2023#gsc.tab=0

“DECRETO por el que la construcción, funcionamiento, mantenimiento, operación, infraestructura, los espacios, bienes de interés público, ejecución y administración de la infraestructura de transportes, de servicios y polos de desarrollo para el bienestar y equipo tanto del Tren Maya como del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, así como los aeropuertos que se indican, son de seguridad nacional y de interés público”, indica el estrado público de la federación.

Luego de exponer las razones de la “seguridad nacional”, el mandatario establece en un Artículo Único: “Son de seguridad nacional y de interés público la construcción, funcionamiento, mantenimiento, operación, infraestructura, los espacios, bienes de interés público, ejecución y administración de la infraestructura de transportes, de servicios y polos de desarrollo para el bienestar y equipo tanto del Tren Maya como del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, y los aeropuertos de Palenque, Chiapas; de Chetumal y de Tulum, Quintana Roo, en los términos expresados en la parte considerativa de este decreto”.

“El presente decreto entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”, precisa el documento oficial.

El documento legal exponer que el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, su plataforma logística y demás infraestructura, por su ubicación geográfica entre los estados de Oaxaca, Veracruz de Ignacio de la Llave, Tabasco y Chiapas, son estratégicas debido a su localización, que permite comunicar el océano Pacífico con el golfo de México y el océano Atlántico, ya que la mercancía que ingresa por los puertos de Coatzacoalcos y Salina Cruz, puede ser transportada directamente hasta Puerto Chiapas y a Ciudad Hidalgo, Chiapas, incluso a Ciudad de Tecún Umán, Guatemala, y viceversa, que impulsa el flujo de mercancías, no solo en la región istmeña, sino además hacia América Central, a través de las líneas «K» y «KA»; además de que se requiere extremo cuidado y vigilancia en el transporte de sustancias peligrosas que se lleva a cabo en dicho corredor.

Sobre los aeropuertos, indica: que los aeropuertos de Palenque, Chiapas; de Chetumal y de Tulum, Quintana Roo, por su ubicación geográfica, resultan estratégicos para la vigilancia y control del espacio aéreo en la frontera sur, lo cual permite la detección e intercepción oportunas de aeronaves no identificadas que pudieran realizar actos ilícitos en contra de la seguridad nacional y la integridad territorial del país; además, territorial y operativamente son complementarios del funcionamiento y operación del Tren Maya.

“Que, en suma, por su ubicación geográfica y su colindancia, que garantizan la conectividad entre el océano Pacífico, el golfo de México y la zona fronteriza con Guatemala y Belice, porque son complementarias para mantener la seguridad interna del país y, desde luego, la seguridad nacional, y por la naturaleza de sus instalaciones, es procedente reconocer el carácter de estratégicas y prioritarias, y por tanto de interés público y de seguridad nacional, las instalaciones del Tren Maya, del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y de los aeropuertos internacionales de Palenque, Chiapas; de Chetumal y de Tulum, Quintana Roo;

Que, en términos del artículo 13, fracciones I, VI y X, de la Ley de Seguridad Nacional, el Consejo de Seguridad Nacional tiene como finalidad establecer y articular la política en esa materia, por lo que le corresponde la integración y coordinación de los esfuerzos orientados a preservar las medidas necesarias para la seguridad nacional, así como de las demás que establezcan otras disposiciones o el presidente de la República”.

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