Por Edgar Sandoval Pérez
@EdgarSandovalP
Solo hay dos cosas inevitables: la muerte y los impuestos. Lo curioso es que todos los días nos alejamos más de la muerte y nos acercamos más a los impuestos.
Algo que hemos podido ver a lo largo de la presente administración es que se busca aumentar la recaudación con diferentes mecanismos; para este ejercicio 2022 no es la excepción, ya que esta semana se sometió a la cámara baja la aprobación de la miscelánea fiscal, la cual no es otra cosa que el decreto emitido de manera anual por la SHCP, donde se define cómo se llevará a cabo la recaudación de impuestos así como las diversas modificaciones y adecuaciones.
Si de por sí siempre es complejo el manejo de estos temas por la sensibilidad que evoca, para este 2022 llamaron la atención tres puntos medulares: el primero, el límite de las deducciones sobre donaciones a personas físicas o donatarias autorizadas, donde no podrá exceder de la cantidad equivalente a 5 UMA anuales, es decir $163,467 pesos o el 15% del total de los ingresos del contribuyente, quedando plasmado en el artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la renta, lo anterior devengado en gran medida por acciones detectadas sobre elusión fiscal, una de ellas donde 7 miembros de una familia dedujeron más de lo que ingresaron con montos de 170 y 3,340 millones de pesos.
El segundo punto, aún más sensible y tema de mucho debate es la modificación del artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, donde se busca que a partir del 1 de enero de 2022, sea obligatorio para todos los mayores de 18 años tramitar su registro ante el SAT, es decir generar su RFC incluyendo su homoclave, con lo cual tendrán acceso al portal fiscal, y habrá una plena identificación del potencial recaudatorio permanente.
Si bien, la justificación (que es muy real), es la protección de jóvenes y adultos mayores sobre la creación de empresas fantasmas donde muchos jóvenes de 18 años de comunidades rurales, aparecen como representantes legales de empresas que mueven millones de pesos y en tres meses desaparecen. La realidad evoca a que también significará un control absoluto sobre el potencial recaudatorio, ya que al generar su RFC con homoclave éste se volverá indispensable a la hora de llenar formularios o realizar trámites de compras con lo cual se detectará el flujo de gastos de cada persona y se podrá hacer un comparativo más real sobre la relación ingreso-gasto; con esto, no se le irá nada al SAT.
Ahora una cosa es el registro y otra la acción de pagar impuestos, ya que no es lógico el que alguien participe sin generar ingresos, por lo cual su registro aparecerá con el rubro “inscripción de personas físicas sin actividad económica” y con ello no estarán obligados a pagar alguna contribución ni presentar declaraciones y menos a ser objeto de sanciones, siendo esto algo muy lógico.
Y el tercer apéndice hace referencia a las personas que tienen actividades específicamente agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, donde con base al artículo 113-E de la Ley de impuesto sobre la renta, las personas que cuentan con un ingreso de hasta $300,000 pesos anuales serán beneficiadas con no pagar el impuesto sobre la renta. Ahora ese monto se elevará a los $900,000 pesos efectivamente cobrados por esas actividades.
Esto se consiguió después de 36 horas de discusión para aprobar la miscelánea fiscal; ahora corresponde a la Cámara alta dar el visto bueno, teniendo como límite el 31 de octubre.





