Agencia Espejo del Poder.
Con 86 votos en favor y tres abstenciones, el Pleno del Senado aprobó sancionar hasta con 20 años de inhabilitación y la devolución del daño patrimonial causado, a los funcionarios de gobiernos estatales y autoridades federales que no reporten cuotas del ISSSTE que descuentan a los trabajadores, pues esa omisión ha provocado un daño patrimonial al Instituto de al menos 64 mil millones de pesos, según datos oficiales proporcionados desde enero de este año por el Director General, Luis Antonio Ramírez Pineda.
Ya en febrero de 2020, la Secretaría de la Función Pública (SFP), a cargo todavía de Irma Eréndira Sandoval, había denunciado daños a la hacienda pública por condonación de multas sobre créditos fiscales, retención de impuestos federales y también de cuotas de seguridad social en las entidades federativas.
En este último rubro, los estados cuyos trabajadores están afiliados al ISSSTE retuvieron y no enteraron cuotas obrero-patronales por 50 mil 137.8 millones de pesos. Éste es el monto acumulado a junio de 2019, de acuerdo con el primer informe de fiscalización de la dependencia.
Los principales deudores en este aspecto eran Veracruz y Guerrero, con 12 mil 415.2 y nueve mil 563.7 millones de pesos, respectivamente.
CIFRA YA REBASA LOS 64 MIL MDP
Para que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) cumpla el propósito de sanear sus finanzas, es necesario implementar convenios con las entidades que le deben el pago de cuotas y aportaciones al organismo, expuso a principios de este año el Director General, Luis Antonio Ramírez Pineda, quien informó que actualmente sus deudas ascienden a más de 64 mil millones de pesos.
Durante un video mensaje dirigido en enero de este año a la derechohabiencia, el titular del Instituto explicó que desde el inicio de la actual Administración Federal, el ISSSTE garantiza el otorgamiento de los 21 seguros, servicios y prestaciones, así como el mejorar la atención de cada uno de ellos con el apoyo del pago de cuotas y aportaciones que realizan las y los trabajadores.
A pesar del enorme esfuerzo que hemos realizado en los últimos años, dijo, tenemos el enorme reto y desafío para que se cumpla con la deuda del pago de cuotas y aportaciones, ya que hasta ese momento sólo se habían firmado convenios con los gobiernos de Baja California Sur, Chiapas, Colima y San Luis Potosí.
Ramírez Pineda detalló que del total de la deuda, 7 mil millones de pesos corresponde al pago de los servicios que garantiza el ISSSTE; dos mil 300 millones de pesos a FOVISSSTE y 55 mil millones de pesos a las Cuentas Individuales.
“Hasta el día de hoy, nosotros hemos hecho un enorme esfuerzo para tratar de garantizar que esas cuotas y aportaciones ingresen a las arcas del Instituto, sin embargo, como lo he estado diciendo en diferentes foros y también presentándolo en el Congreso de la Unión, tenemos enormes desafíos y enormes retos para lograr que este pago, que retienen las dependencias, lleguen al ISSSTE, sin embargo esto no se ha logrado”, puntualizó.
La Cámara de Diputados, señaló, ha estado aprobando en la Ley de Ingresos la posibilidad de que el ISSSTE y las dependencias firmen convenios de pago, con el propósito de tener la certeza de entregar permanentemente y regular el descuento correspondiente.
Añadió que esto representa una preocupación, porque las entidades federativas que retienen este concepto no están siendo ágiles, ni solidarias con el propio Instituto para entregar las cuotas y aportaciones quincenalmente.
Principalmente, porque esta deuda se podría utilizar para incrementar el mejoramiento de la infraestructura, mantenimiento y atención hospitalaria.
La ley del ISSSTE se modificó en 2007, en la cual queda perfectamente establecido cuáles son las cuotas y aportaciones que al trabajador se le tienen que retener para que el Instituto pueda invertirlos y garantizar esos servicios, agregó.
No obstante esta situación, el ISSSTE continúa trabajado para lograr una mayor regularización y agilidad en el pago de esta deuda y con ello enfrentar los retos y desafíos a corto plazo, finalizó Ramírez Pineda.
ENDURECEN SANCIONES
El Pleno del Senado avaló la minuta enviada por la Cámara de Diputados para incluir en la Ley General de responsabilidades Administrativas que “es falta administrativa grave la omisión de enterar las cuotas, aportaciones, cuotas sociales o descuentos ante el ISSSTE, en los términos que señalan los artículos 21 y 22 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado”.
Incluye también un cambio a la ley del ISSSTE para establecer que “la omisión de enterar ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado las cuotas, aportaciones, cuotas sociales o descuentos que se realicen al salario de los trabajadores constituye una falta administrativa grave, la cual será sancionada en los términos de la Ley general de Responsabilidad Administrativa”, dice el Decreto que fue enviado al Ejecutivo federal para su promulgación y publicación.
Esta Ley General precisa que las faltas administrativas graves, que implican en términos llanos actos de corrupción, serán atendidos por el Tribunal federal de Justicia Administrativa y el servidor público será sancionado con inhabilitación y la obligación de regresar el dinero.
“En caso de que se determine la inhabilitación, ésta será de uno hasta diez años si el monto de la afectación de la Falta administrativa grave no excede de doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y de diez a veinte años si dicho monto excede de dicho límite. Cuando no se cause daños o perjuicios ni exista beneficio o lucro alguno, se podrán imponer de tres meses a un año de inhabilitación”, dice el artículo 78 de la ley que sanciona los actos de corrupción de los servidores públicos.
Y en el artículo 79 dice que “el Tribunal determinará el pago de una indemnización cuando, la Falta administrativa grave a que se refiere el párrafo anterior provocó daños y perjuicios a la Hacienda Pública Federal, local o municipal, al patrimonio de los entes públicos. En dichos casos, el servidor público estará obligado a reparar la totalidad de los daños y perjuicios causados y las personas que, en su caso, también hayan obtenido un beneficio indebido, serán solidariamente responsbales”.





