Ordena TEPJF sancionar a Rocío Nahle, titular de la Sener, por violar veda electoral

24 abril, 2024 11:18 am
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Agencia Espejo del poder

Este jueves, la sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF) ordenó sancionar a la titular de la Secretaría de Energía (Sener), Rocío Nahle García, por incumplir la normativa electoral al difundir propaganda gubernamental en su cuenta de twitter durante las campañas electorales, lo que está legalmente prohibido.

Según publicó anoche el diario REFORMA, la sanción contra la senadora de Veracruz con licencia se derivó de una queja presentada por el partido Movimiento Ciudadano con motivo de los mensajes difundidos el 30 de abril y 12 de mayo.

La sanción fue propuesta por la magistrada Gabriela Villafuerte, y apoyada por unanimidad por los magistrados Rubén Lara y Luis Espíndola, que avalaron la sentencia que considera existente la falta de la exdiputada federal de Coatzacoalcos.

También determinaron dar vista al superior jerárquico de la titular de la Sener, en este caso el Presidente de la República para que imponga la sanción ante la infracción que calificaron de “grave ordinaria”.

La sentencia también ordena dar vista de la sentencia al Órgano Interno de Control (OIC) de la Secretaría de Energía, para que actúe en consecuencia.

Este último punto fue aprobado por mayoría de votos, pues el magistrado Espíndola anunció un voto concurrente y consideró que con la vista a su superior jerárquico era suficiente, además de reiterar su postura de que los funcionarios públicos sancionados por esa sala, deben ser sancionados exclusivamente por infracciones ligadas a la ley electoral y no debe abrirse la puerta para un procedimiento distinto.

“En el caso concreto, las publicaciones constituyen propaganda gubernamental que se difundió en periodo prohibido, sin que encuadren en ninguna de las excepciones, por tanto es exigente la difusión de propaganda gubernamental durante los periodos de las campañas electorales federal y 32 locales”, señala la sentencia.

La resolución rechazó que la funcionaria federal hubiera incurrido en vulneración de los principios de imparcialidad y equidad, así como tampoco el que se hubiera hecho uso de programas sociales en favor de alguna fuerza política, como pretendía el denunciante.

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