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Elabora DIF Protocolo Nacional de Atención Integral a huérfanos por feminicidio; Veracruz, tercer estado con más víctimas

Agencia Espejo del poder

Hace un año, en julio de 2020, Nadine Gasman Zybelmann, presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), anunció la creación de un plan para atender a la infancia en orfandad por feminicidio; sin embargo, hasta fecha, este sigue sólo en papel, en tanto el feminicidio, sigue creciendo con todas su implicaciones.

Organizaciones feministas reportaron en mayo de este año, con datos oficiales del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), que desde julio de 2020 hasta marzo de 2021 habían sido asesinadas 634 mujeres, de las cuales no se sabe cuántas de ellas eran madres, ni si hay niñas y niños que quedaron en orfandad y sin posibilidad de restituir un plan de vida roto después del asesinato violento de sus madres.

En su edición de este domingo, el diario REFORMA publica que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) elabora por fin un proyecto de protocolo que establece que todas las autoridades de los tres órdenes de gobierno tienen la obligación de atender y proteger a los menores que han quedado huérfanos a causa de un feminicidio.

El Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes en Condición de Orfandad por Feminicidio (NNAOF), presentado ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, prevé medidas de protección especial, incluyendo el “acogimiento residencial” de los menores cuando esté en peligro su vida, integridad o libertad.

“La situación de los NNAOF es de especial preocupación en su contexto de violencia feminicida, porque constituye un evento traumático que, además de quebrar la idea de familia como un espacio de protección, les coloca en un mayor riesgo de la vulneración de sus derechos”, remarca.

“El impacto es grave y se requiere de la intervención de todas las instituciones responsables”.

El DIF, así como sus homólogos estatales y municipales, con independencia de los apoyos que brinden otras instituciones, indica, brindarán a los NNAOF asistencia referente a albergue, alimentación, atención médica, atención psicológica, pedagógica y de trabajo social, y acompañamiento en la vida cotidiana para brindarles las herramientas para superar sus pérdidas y duelos.

La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, recuerda, establece que las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias, dispondrán lo conducente a efecto de que los menores huérfanos vean restituido su derecho a vivir en familia y su derecho a recibir formación y protección de quien ejerce la patria potestad, la tutela y guarda.

“El Estado debe garantizar que este derecho a vivir en familia corresponda a la realidad, que no necesariamente coincide con la restitución del derecho a una familia definida como tradicional”, apunta.

Los NNAOF, señala el proyecto, deben ser atendidos de manera que puedan incorporarse a alguno de los tipos de familia que garantice la protección de sus derechos.

El Protocolo establece una Ruta de Atención en la que se indica que el primer respondiente resguardará a los menores y solicitará atención médica y psicológica de emergencia.

“La Procuraduría de Protección correspondiente debe abocarse a realizar investigaciones para la localización de familiares; en caso contrario se identificará si hay redes de apoyo para su canalización, tomando como última instancia la institucionalización”, indica.

Hasta ahora, de las 32 entidades del país –incluyendo a la Ciudad de México (CDMX)–, 17 no regulan los derechos de los niños víctimas indirectas del delito de feminicidio en las Leyes de Víctimas, y solamente 15 estados, incluido Veracruz, prevén alguna disposición.

Según la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), con corte hasta el 30 de noviembre de 2020, algunas de las entidades en las que se menciona de manera explícita a las víctimas indirectas huérfanos en sus respectivas Leyes de Víctimas son Jalisco, que establece que los menores de edad son referidos como víctima indirecta del delito (Artículo 4); Oaxaca, que prevé integrar un registro especial que formará parte del Registro Estatal de Víctimas (Artículo 44); Puebla, que contempla brindar servicios integrales de atención temprana, y servicios de educación y alimentación (Artículo 6), y Veracruz, que da prioridad a las medidas de reparación integral (Artículo 64 Bis).

De acuerdo con cifras oficiales más recientes del SESNSP, en el periodo de enero a junio de este año, el número más alto de víctimas de feminicidio se registró en el Estado de México con 68 casos; Jalisco con 44, Veracruz con 40; CDMX con 33; Chiapas con 28; Sinaloa con 23; Sonora con 22, y Puebla con 22.

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